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Comisión por impagos

Descripción

La inmensa mayoría de las hipotecas establecen que en los casos en que se produzca un simple retraso en el pago de la cuota mensual del préstamo, la entidad tendría el derecho de reclamar, además del pago de la cuota y los intereses de demora, una COMISIÓN por la gestión de la reclamación, que puede oscilar entre los 12 y los 35 euros de media, y que se aplicaría, generalmente, por cada reclamación de cuota efectuada.

Conclusión

Esta comisión resulta NULA y se puede solicitar que el banco quede obligado a no aplicarla en el futuro, así como para que en caso de haberlo hecho, se devuelva el importe total percibido por ello.

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