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Cláusula de imposición de gastos

de constitución o novación de hipoteca.

Descripción de la cláusula

La práctica totalidad de las operaciones consistentes en la constitución de un préstamo hipotecario o en la modificación de uno existente, contiene una cláusula que impone al consumidor la obligación de asumir LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS DERIVADOS DE ESTA OPERACIÓN.

Esta imposición unilateral y absoluta de hacer que sea el consumidor quien asuma todos los costos resulta ABUSIVA, y así ha sido declarada por los Tribunales españoles desde 2015.

Que podemos reclamar?

Después de varios años de evolución y consolidación de los criterios jurisprudenciales, si en el momento de la constitución de su hipoteca o al modificar o novar un préstamo hipotecario usted pagó la totalidad de los gastos, sepa que puede reclamar lo siguiente (solo en lo referente a los gastos hipotecarios, no a la compra-venta):

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honorarios de notaría

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Registro de propiedad

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Gestoría

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Tasación

Aunque es necesario analizar cada caso de forma individual, el promedio de los importes a reclamar por este concepto PUEDE SUPERAR LOS 3.000.-€.

NO SE QUEDE CON LA DUDA, CONTÁCTENOS Y LE DIREMOS SI PUEDE RECLAMAR Y CUÁNTO.

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