Cláusula de imposición de gastos
de constitución o novación de hipoteca.
Descripción de la cláusula
La práctica totalidad de las operaciones consistentes en la constitución de un préstamo hipotecario o en la modificación de uno existente, contiene una cláusula que impone al consumidor la obligación de asumir LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS DERIVADOS DE ESTA OPERACIÓN.
Esta imposición unilateral y absoluta de hacer que sea el consumidor quien asuma todos los costos resulta ABUSIVA, y así ha sido declarada por los Tribunales españoles desde 2015.
Que podemos reclamar?
Después de varios años de evolución y consolidación de los criterios jurisprudenciales, si en el momento de la constitución de su hipoteca o al modificar o novar un préstamo hipotecario usted pagó la totalidad de los gastos, sepa que puede reclamar lo siguiente (solo en lo referente a los gastos hipotecarios, no a la compra-venta):
%
honorarios de notaría
%
Registro de propiedad
%
Gestoría
%
Tasación
Aunque es necesario analizar cada caso de forma individual, el promedio de los importes a reclamar por este concepto PUEDE SUPERAR LOS 3.000.-€.
NO SE QUEDE CON LA DUDA, CONTÁCTENOS Y LE DIREMOS SI PUEDE RECLAMAR Y CUÁNTO.